RRHH
¿Cómo calcular las horas extras?
El cálculo de las horas extras, es un detalle no menor en las liquidaciones. Para hacer este cálculo es importante tener en cuneta algunos detalles, como los que se verán en esta entrada.
¿Qué dice la ley?
El articulo 32 del Código del trabajo dice lo siguiente:
Las horas extraordinarias sólo podrán pactarse para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa. Dichos pactos deberán constar por escrito y tener una vigencia transitoria no superior a tres meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes.
No obstante la falta de pacto escrito, se considerarán extraordinarias las que se trabajen en exceso de la jornada pactada, con conocimiento del empleador.
Las horas extraordinarias se pagarán con un recargo del cincuenta por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período. En caso de que no exista sueldo convenido, o éste sea inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, éste constituirá la base de cálculo para el respectivo recargo.
Con todo, las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En tal caso, podrán pactarse hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año, los cuales deberán ser utilizados por el trabajador dentro de los seis meses siguientes al ciclo en que se originaron las horas extraordinarias, para lo cual el trabajador deberá dar aviso al empleador con cuarenta y ocho horas de anticipación. Si no los solicita en la oportunidad indicada corresponderá su pago dentro de la remuneración del respectivo periodo. La compensación de horas extraordinarias por días adicionales de feriado se regirá por el mismo recargo que corresponde a su pago, es decir, por cada hora extraordinaria corresponderá una hora y media de feriado. En caso de que existan días pendientes de utilizar al término de la relación laboral, éstos se compensarán en conformidad a lo establecido en el artículo 73.
No serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación de un permiso, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el trabajador y autorizada por el empleador.
¿Cómo se hace el cálculo?
Lo primero qu debemos saber es el sueldo base del empleado y las horas que tiene su jornada laboral.
En seguida, debemos aplicar una operatoria, que se define como:
Valor Hora Extra = (Sueldo Bruto / 30 × 28) / (Horas Semanales × 4) × 1,5
Entonces, aplicando el caso de un trabajador que tiene un sueldo bruto $1.000.000 y una jornada de 40 horas semanales, el valor de su hora extra sería el siguiente:
- Valor Hora extra = ($1.000.000 / 30 x 28) / (40 x 4) x 1,5
- Valor Hora extra = ($933.333,33) / (160) x 1,5
- Valor Hora extra = $5.833,33 x 1,5
- Valor Hora extra = $8.750
El valor por Hora extra, deberás multiplicarlo la cantidad de horas extraordinarias. Como ejemplo, diremos que el empleado tuvo 15 horas extras.
- Monto Horas extras = Valor Hora extra x cantidad de horas extras
- Monto Horas extras = $8.750 x 15
- Monto Horas extras = $131.250
Como resultado, tenemos un valor de $131.250, monto que se sumará a los haberes imponibles del empleado.